¿Por qué?

  1. ¿Por qué, la Junta Directiva de la Caja no restablece las cuotas del estado como tal para los seguros sociales en ambas ramas, Salud y Pensiones, a lo que fueron desde el principio de los años cuarenta: dos y medio por ciento sobre todos los salarios o, mejor todavía, a tres colones y veinticinco céntimos por ciento sobre todos los salarios como las puso Carazo?

  2. ¿Por qué, desde el año 1971, última administración de José Figueres, salvo un corto tiempo durante las administraciones de Carazo y Monge, se mantuvo la abusiva, ilegal y depredadora cuota de sólo veinticinco céntimos por ciento sobre todos los salarios y elevada cínicamente en tiempos de Abel Pacheco a sólo cuarenta y un céntimos para cinco años después, para permitirle a todos los gobiernos que se roben la mayor parte de los impuestos que nos cobran en nombre de los seguros sociales?

  3. ¿Por qué, si la Ley Nº 43 del 13 de diciembre de 1945, Administración de Teodoro Picado, que está vigente hoy, dispone que si después de pagar las cuotas que le corresponden como patrono y como Estado, sobra dinero de lo recaudado con los impuestos creados por el artículo 24 de la Ley Constitutiva de la Caja, ese sobrante se le debe entregar al fondo de pensiones de la Caja para reforzarlo, ningún gobierno, desde José Figueres en 1971 hasta la fecha ha cumplido con esa obligación legal, defraudando de esa manera a la Caja, con gran daño para todos los asegurados?

  4. ¿Por qué, en el año 2005, Administración de Abel Pacheco, se reformó el reglamento de pensiones de la Caja y se aumentó la cuota del Estado de veinticinco céntimos a cuarenta y un céntimos se dispuso que ese “aumentazo” empezara a regir cinco años después, o sea, a partir del 1 de enero del año 2010, para permitirle a la Administración de Oscar Arias que siguiera malversando la mayor parte de los fondos recaudados con los impuestos establecidos para los seguros sociales?

  5. ¿Por qué, en esa misma reforma del Reglamento del año 2005, tiempos de Abel, mientras al Estado le elevaron la cuota en 16 céntimos para que empezara a regir cinco años después, se dispuso también que a los asegurados que se pensionen les calcularán el monto de la pensión con base en el promedio de los salarios de los últimos veinte años, y que de ese promedio le pagarán el 52.5 por ciento a quienes devenguen salarios más bajos y conforme aumente el salario, el porcentaje que se pague se irá disminuyendo hasta llegar al 43 por ciento para los salarios más altos, lo que da como resultado que el monto de las pensiones es más o menos una cuarta parte del salario que el asegurado está devengando?

  6. Por qué, si en las reformas que se le hicieron al reglamento de pensiones de la caja en el año 2005 en tiempo de Abel Pacheco se endurecieron las ya depredadoras disposiciones que se habían hecho en tiempos de José María Figueres, elevando en cinco los años de cotización para pensionarse por vejez, pasando de 120 a 180 las cuotas para pensionarse por invalidez y rebajando el monto de las pensiones como a la cuarta parte del salario actual del asegurado y si todo eso es violatorio de la ley, de la Constitución, de los Derechos Humanos y del Convenio 102 de la OIT, entonces por qué la actual Junta Directiva de la Caja no deroga semejantes atropellos?

  7. ¿Por qué, si rebajarle las cuotas al Estado para los seguros sociales a sólo veinticinco céntimos por ciento sobre los salarios desde 1971 hasta el 31 de diciembre del 2009 y del 1 de enero del 2010 en adelante a sólo cuarenta y un céntimos por ciento también sobre los salarios, si eso es violatorio del artículo 177 de la Constitución, del artículo 24 de la Ley Constitutiva de la Caja y de la ley Nº 43 del 13 de diciembre de 1945 que sigue vigente, la flamante División Jurídica (¿) Corporativa de la Caja, sostiene que la Junta Directiva sí puede hacer esa fechoría?

  8. ¿Por qué, si las anteriores violaciones d la Constitución y la leyes son tan evidentes, tan clars e incontrovertibles, y si la Contraloría General de la República tiene el deber de aprobar los presupuestos de los entes autónomos y fiscalizar su ejecución, deja pasar estas gravísimas anomalías, traicionando así su condición de “Contraloría” para convertirse en “Alcahuetería”?

  9. ¿Por qué, si tenemos un poderoso PODER LEGISLATIVO, acreditado representante del pueblo y celoso guardián de sus intereses y derechos y obligado además a un riguroso control político sobre el Poder Ejecutivo, ningún integrante antepasado, pasado y presente de ese Poder, decimos ninguno, ha querido hasta ahora ocuparse con seriedad de ese dantesco problema que significa para todo el pueblo costarricense, la mañosa, depredadora y delictiva administración de la Caja?

  10. ¿Por qué, si el artículo 177 de la Constitución establece la protección “universal” de los seguros sociales, La Junta Directiva de la Caja desde hace varias décadas, se arroga abusivamente la facultad de dictar reglamentos que excluyen de esa protección a muchísimas personas, mediante la artimaña de endurecer cada vez más las condiciones para otorgar los beneficios al tiempo que violando las leyes, le entrega al gobierno de turno los recursos de la Institución a cambio de bonos hasta en un 98.5 por ciento, cuando legalmente no pueden pasar de un 20 por ciento y con un rendimiento que ha llegado a ser por lo menos en un caso de 0.87 por ciento ANUAL y por otra parte, le reduce la cuota al Estado a un simbólico 0.25 por ciento –ahora a 0.41 por ciento- para permitirle al gobierno de turno que se apropie indebidamente de los fondos captados en nombre de los seguros sociales?

  11. ¿Por qué, si los patronos le cargas las cuotas que pagan al seguro social a los costos de producción de los bienes y servicios que producen sus empresas y los gobiernos pagan (?) las cuotas que les corresponden mediante los impuestos que establecen y entonces en uno y otro caso quien paga las cuotas patronales y las estatales es todo habitante del país, por qué, quien no contribuye como trabajador no tiene ningún derecho?

  12. ¿Por qué, entonces, se mantienen todas esas anomalías que han significado para todos los gobiernos, desde Oscar Arias en 1986 hasta Abel Pacheco en elo 2006, una evasión de sus obligaciones con los seguros sociales por un monto superior a los CATORCE BILLONES de colones, según el matemático Arias López, ex actuario de la Caja, y por otra parte, por las deficiencias de los servicios ocasionada por este robo, las consecuencias para el pueblo de Costa Rica han sido que sólo por dos enfermedades que son los tumores y males del sistema circulatorio, y según estimación con datos tomados del INEC, desde el año 1986 (Oscar Arias) hasta el 31 de diciembre el 2009 (Oscar Arias) han muerto más de 150 mil personas?

¿Entonces, por qué, la actual Junta Directiva de la Caja, para no ser cómplice de estos crímenes, no deroga todas las disposiciones anómalas que hemos referido ni destituye y mete a la cárcel a quienes hacen contratos por miles de millones con delincuentes, a los abogados que no le cobran a los empresarios tramposos que no le pagan a la Institución, a los caníbales de la Gerencia de Pensiones que en el curso de varios años acumularon más de seis mil apelaciones que no resolvieron contra resoluciones que negaban una pensión, a los artífices e las listas de tortura, extorsión y muerte que llaman listas de espera, a los médicos “biomberos” y en fin, a los tahúres que confeccionan reglamentos tramposos para negarle a los asegurados sus derechos?

San José, 25 de mayo del 2011.